Informe "El futuro del trabajo" de la AEPL
Publicado el 01/07/2019UNIÓN EUROPEA: TRANSICIÓN DIGITAL, TRABAJO, EMPLEO Y NUEVAS FORMAS DE SOLIDARIDAD.
Claude WACHTELEAR y Eric MAERTENS, coordinadores de la Grupo de Trabajo
La difusión de las tecnologías digitales y sus efectos abarcan diversos ámbitos: ética, educación, cultura y trabajo. La AEPL es plenamente consciente de que existen vínculos entre estos ámbitos. Sin embargo, sobre la base del mandato otorgado al grupo de trabajo, este documento de síntesis expone específicamente los principales resultados y conclusiones sobre el trabajo y el empleo en la era del despliegue de las tecnologías digitales en Europa. Concluye con una serie de recomendaciones centradas en las políticas sociales a escala de la UE.
Este resumen pone de manifiesto la necesidad de un cambio significativo: el de dotar a las normas sociales y medioambientales de una fuerza jurídica similar a la de las libertades económicas. Algunas de las recomendaciones pueden resultar poco realistas a corto plazo, pero todas apuntan en la dirección general de convertir los derechos sociales fundamentales y el respeto de los criterios medioambientales en limitaciones legítimas de la actividad económica.
TRABAJO Y CAMBIO TÉCNICO
CAMBIOS EN EL LUGAR DE TRABAJO
LA GOBERNANZA EN CIFRAS
UN NUEVO CONTRATO SOCIAL EUROPEO
UN RÉGIMEN DE TRABAJO VERDADERAMENTE HUMANO
RECOMENDACIONES
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TRABAJO Y CAMBIO TÉCNICO
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CAMBIOS EN EL LUGAR DE TRABAJO
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LA GOBERNANZA EN CIFRAS
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UN NUEVO CONTRATO SOCIAL EUROPEO
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UN ENTORNO DE TRABAJO VERDADERAMENTE HUMANO
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RECOMENDACIONES
Impulsar una lógica y un enfoque distintos de los que han dominado la Europa social
Dar a las normas sociales y medioambientales la misma fuerza jurídica que a las libertades económicas. | La legitimidad de los valores y objetivos sociales de la UE definidos por el Tratado de Lisboa (TUE y TFUE) y la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE constituyen un fundamento indiscutible.
Basado en un análisis del impacto previsible de la transición digital en el trabajo y el empleo ; Teniendo en cuenta que no es realista prever, a corto plazoUna transferencia efectiva a escala europea de las competencias de los Estados miembros en el ámbito social;
AEPL es consciente de que las respuestas a medio y largo plazo implicará una lógica diferente de la que ha dominado la Europa social desde el Tratado de Roma. En los distintos niveles de gobernanza (local, nacional, europeo), el respeto de los derechos sociales fundamentales y el cumplimiento de los criterios medioambientales deben considerarse limitaciones legítimas de la actividad económica y situarse al mismo nivel que las libertades económicas.
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Crear una iniciativa tripartita europea para debatir el impacto social y económico de las tecnologías digitales | En referencia a la iniciativa europea sobre inteligencia artificial y su 3e establecer un marco jurídico y ético para el uso de las técnicas de IA, Apoyarse en los mecanismos nacionales de consulta social,
De forma similar, la Comisión Europea y el Consejo Europeo podrían lanzar una iniciativa europea de consulta tripartita (agentes sociales y gobiernos), cuyo objetivo sería anticipar impactos e identificar medidas que ofrecieran un innegable valor añadido a escala europea, complementando las medidas adoptadas a escala local y nacional.
En este sentido, una plataforma digital europea podría estimular y organizar el diálogo entre los agentes nacionales y europeos.
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Aplicación efectiva del conjunto de derechos sociales europeos, en particular 5 de los principios sobre los 20, que permiten actuar sobre las repercusiones sociales y económicas de la transición digital.
Condicionar la concesión de los Fondos Estructurales y de Inversión a criterios sociales y medioambientales, adoptando al mismo tiempo tres medidas en el próximo marco financiero plurianual (MFP): aumentar los recursos, agrupar los Fondos y revisar su ámbito de actuación para permitir una focalización específica de los impactos identificados en relación con el despliegue de las tecnologías digitales.
Dotar de contenido, en el próximo marco financiero plurianual (MFP), al proyecto de Autoridad Laboral Europea (ELA).
A más largo plazo, establecer unTribunal Europeo del Trabajo, pareja a unMecanismo europeo de coordinación y apoyo de la UE al buen funcionamiento de las inspecciones de trabajo nacionales
| A medio plazo, dos vertientes de la reciente agenda social de la UE, la sl ciclo europeo de derechos sociales y el proyecto de creación de una Autoridad Laboral Europearepresentan una oportunidad para influir en las respuestas a las transformaciones del trabajo y el empleo en la era digital.
Aunque la proclamación conjunta de esta fundación por tres instituciones europeas no le confiere ningún valor jurídico vinculanteLa AEPL recomienda y apoya la aplicación efectiva de los 20 principios que contiene.
La aplicación de estos principios abre nuevas vías gracias a la posibilidad de vincular varios de ellos a instrumentos jurídicos ya existentes, incluida la revisión de directivas, como la relativa al tiempo de trabajo, pero también a través de nuevos mecanismos, como el proyecto de directiva sobre la protección de los trabajadores en lo que respecta al tratamiento de datos personales. creación de una autoridad laboral europea
Entre estos 20 principios, en los que el TJUE podría basarse en relación con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, para nuestro tema, en particular, el de :
Contratos de trabajo y la propuesta de Directiva sobre condiciones de trabajo transparentes y previsibles Conciliación de la vida laboral y familiar y la propuesta de directiva Derecho a un salario justo que permita un nivel de vida digno Un entorno de trabajo sano, seguro y bien adaptado y protección de datos vAcceso a la protección social
En cuanto a la condicionalidad de la concesión de fondos, habrá que evitar despertar sospechas entre los Estados beneficiarios de que se están bloqueando recursos en una fase anterior. Por ello, el mecanismo deberá incentivar la convergencia social al alza, ser gradual y, sobre todo, estar vinculado a la fijación de objetivos sociales realistas que la UE podría definir a partir del seguimiento de la base de derechos sociales.
La AEPL recomienda la adopción del proyecto Autoridad Laboral Europeahacer de ella una agencia europea, velando especialmente por darle un papel operativo y negociando su papel jurídico vinculante sobre la base de los 20 principios de la Carta Social Europea, dentro de los límites jurídicos impuestos por los Tratados, en particular el artículo 153 del TFUE.
A largo plazoPara ello, es necesario dar un paso -aunque utópico, que sólo puede plantearse a partir de un nuevo marco jurídico europeo- que consistiría en establecer un Tribunal Europeo del Trabajojunto con un Mecanismo europeo de coordinación y apoyo al funcionamiento de las inspecciones de trabajo nacionales.
La base jurídica de dicho tribunal serían los convenios internacionales del trabajo de la OIT ratificados por los 28 Estados miembros de la UE, la jurisprudencia de la Comisión de Expertos de la OIT y el conjunto europeo de derechos sociales, varios de cuyos principios son de hecho la expresión directa de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
El tratamiento de los casos por el tribunal podría basarse, sobre una base tripartita, en los mecanismos y procedimientos aplicados por la OIT.
Podría plantearse un recurso ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJUE).
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Lanzar una iniciativa europea para asegurar las trayectorias profesionales
| Este objetivo conduce a seguro las trayectorias profesionales al permitir pasar de un empleo a otro y conciliar vida privada y profesional, periodos de formación, voluntariado, etc. Contribuye a remodelar el Derecho laboral al abarcar nuevas formas de trabajo y no sólo el trabajo asalariado. |
Sobre la base del conjunto europeo de derechos sociales, animar a los Estados miembros a dar fuerza legal a los "derechos de dibujo social".[2] " | Junto con la medida consistente en sustituir el criterio de dependencia económica por el de subordinación jurídica, la AEPL recomienda la introducción de derechos de giro social. Derechos que no están vinculados a la actividad o al puesto de trabajo, sino al trabajador individual, y que le acompañan a lo largo de su carrera y de su vida, cualquiera que sea la diversidad de situaciones laborales. |
Equipar la nueva estrategia de cualificaciones para Europa[3] y la coalición para las competencias y el empleo digitales[4] recursos significativos
Incluir programas relacionados con estas dos estrategias en los mecanismos de solidaridad y los fondos estructurales comunes de la UE. | Uno de los principales efectos de la transición digital es la polarización de los empleos y del trabajo. Para contrarrestarla, una de las respuestas adecuadas es formar a las personas a lo largo de toda su vida laboral asegurando sus trayectorias profesionales. En el contexto de las reformas previstas y de la reagrupación de los Fondos Estructurales, la AEPL apoya el nueva estrategia de cualificaciones para Europa que define las competencias digitales que deben considerarse parte de la base de competencias esenciales para el futuro, un aspecto destacado en la Parte I del conjunto de derechos sociales y culturales europeos. el coalición para las competencias y el empleo digitales
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Cualquier revisión de la legislación laboral en la UE que sitúe el trabajo verdaderamente humano o vivo en el centro del debate sobre política social debe incluir todas las formas de actividad. | En su análisis y recomendaciones anteriores, la AEPL ya ha sugerido una serie de vías e iniciativas a escala europea. Otras vías, destacadas por los trabajos de Alain Supiot, reforzarían en particular los sistemas propuestos: Permitir la negociación sobre el contenido y el significado del trabajo, haciendo del diseño y la organización del trabajo una "prioridad". objeto de negociación colectiva y advertencias individuales". Llevar la negociación colectiva a los niveles pertinentes, no sólo a nivel de rama o de empresa y, en concreto, ". los niveles pertinentes de las cadenas y redes de producción y suministro, y el nivel regional. " Reducir la opacidad de las responsabilidades jurídicas y económicas en las cadenas de suministro y producción y en las redes de empresas, " indexando la responsabilidad de cada miembro de estas redes al grado real de autonomía de que goza " En una reforma de la legislación laboral, " tener en cuenta el trabajo no mercantil [...] que es tan vital para la sociedad como ignorado por los indicadores económicos " |
[1] Como los establecidos en la Carta Social Europea de 1961, la Carta Comunitaria de los Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores de 1989 y el componente laboral de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE de 2000.
[2] Informe para la Comisión de las Comunidades Europeas con la colaboración de la Universidad Carlos III de Madrid: " MÁS ALLÁ DEL EMPLEO. Transformaciones del trabajo y futuro del derecho laboral en Europa. Bajo la dirección de Alain SUPIOT, ponente general. Flammarion. Marzo de 1999
[3] COM(2016) 381
[4] https://ec.europa.eu/digital-single-market/en/digital-skills-jobs-coalition